La Prestación de Servicios de Salud en Colombia se encuentra reglamentada por la Política Nacional de Prestación de Servicios de Salud, obedeciendo a la Ley 1122 de 2007 y sus decretos reglamentarios, cuyo principal objetivo es garantizar el acceso y la calidad de los servicios.

Competencias en Prestación de Servicios

En Prestación de Servicios de Salud las competencias sector salud, Nación, Departamentos y Municipios están soportadas desde el artículo 42, 43 y 44, de la Ley 715 de 2001, resaltando que la Secretaría de Salud de Cundinamarca tiene la función de “Efectuar en su jurisdicción el registro de los prestadores públicos y privados de servicios de salud, recibir la declaración de requisitos esenciales para la prestación de los servicios y adelantar la vigilancia y el control correspondiente”, y la Secretaría de Salud de Zipaquirá, de “Gestionar y supervisar el acceso a la prestación de los servicios de salud para la población de su jurisdicción”, según numerales 43.2.6., y 44.1.3., respectivamente Ibídem.

La Secretaría de Salud de Cundinamarca, tiene la función de: “(…) realizar la verificación del cumplimiento de las condiciones para la habilitación; expedir el Certificación de Cumplimiento de las Condiciones para la Habilitación; (…) revocar la habilitación obtenida, mediante la inscripción en el Registro Especial de Prestadores de Servicios de Salud, cuando se incumpla cualquiera de las condiciones o requisitos previstos para su otorgamiento, respetando el debido proceso”, acorde lo estipulado por los artículos 2.5.1.3.2.13., 2.5.1.3.2.17., del Decreto 780 de 2016.

Oferta institucional en Servicios de Salud de Zipaquirá

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Asistencia en SOGCS: Asesoría y Acompañamiento. El Grupo de Calidad de Prestación de Servicios brinda asistencia y acompañamiento frente al Sistema Único de Habilitación, Auditoria para el Mejoramiento de la Calidad, Sistema Información para la Calidad, Sistema Único de Acreditación. Las solicitudes de Asistencia Técnica deben ser enviadas a los siguientes correos electrónicos: [email protected][email protected][email protected]

Información sobre Constancias de Habilitación, Distintivos de Habilitación, Proceso de Inscripción y Reporte de Novedades: [email protected]

Prestadores de Servicios de Salud – Habilitados

El Sistema Único de Habilitación SUH, “(…) buscan dar seguridad a los usuarios frente a los potenciales riesgos asociados a la prestación de servicios y son de obligatorio cumplimiento por parte de los Prestadores de Servicios de Salud y las Entidades Administradoras de Planes de Beneficios”, según artículo 2.5.1.3.1.1., del Decreto 780 de 2016.

Distintivo de Habilitación

Es el documento que evidencia que un servicio de salud está habilitado y da seguridad al usuario. Por cada servicio de salud habilitado la Secretaría de Salud de Cundinamarca autoriza su publicación para que las personas ejerzan control y reporten al correo [email protected]

Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud IPS: Son entidades que prestan diferentes servicios de salud y especialidades.

Transporte Especial de Pacientes: son prestadores de servicios de salud que realizan traslado de pacientes en ambulancia y pueden realizar atención prehospitalaria.

Objeto Social Diferente a la Prestación de Servicios de Salud: son prestadores de servicios de salud cuyo objeto social no es la prestación de los servicios de salud y que por requerimientos propios de la actividad que realizan, brindan servicios de salud de baja y mediana complejidad de los grupos de consulta externa, apoyo diagnóstico y complementación terapéutica, y servicios de transporte asistencial de pacientes, atención prehospitalaria y cuidado básico de consumo de sustancias psicoactivas, adicionalmente pueden realizar procedimientos exclusivamente de cirugía ambulatoria. No incluye la prestación del servicio de urgencias, servicio para la atención del parto y los servicios del grupo de internación. Los servicios habilitados no pueden ser ofrecidos en contratación dentro del Sistema General de Seguridad Social en Salud.

Profesionales Independientes: Son personas naturales egresadas de un programa de educación superior de ciencias de la salud de conformidad con la Ley 30 de 1992 o las normas que la modifiquen, adicionen o sustituyan, con facultades para actuar de manera autónoma en la prestación del servicio de salud, para lo cual podrán contar con profesional de apoyo de niveles de formación técnico y/o auxiliar.

Conozca la oferta de servicios de salud en la especialidades de:

¿Sabe usted cómo consultar si usted esta recibiendo un servicio de salud de calidad y habilitado?

ReTHUS es el Registro Único Nacional del Talento Humano en Salud dónde los usuarios podrán conocer la formación académica del profesional de salud que los está atendiendo y si está habilitado para brindar servicios de salud.

En el siguiente vídeo, podrá conocer cómo ingresar a la página y realizar la verificación, 👨‍⚕️👩‍⚕️⬇️. #NoSeDejeEngañar#ZipaquiráCalidadDeVida#Salud

La Secretaría de Salud de Zipaquirá, para prevenir la ocurrencia de situaciones que afecten la salud de las personas, los invita a consultar en el Registro Único Nacional de Talento Humano en Salud RETHUS, la formación académica diligenciando la identificación o nombre y apellido de quién le brinda atención médica.   

Es responsabilidad del talento humano en salud mantener actualizada la formación académica acorde a la oferta de los servicios de salud, consulte el ABC ReTHUS. 

Reporte de Novedades

Las Direcciones Municipales de Salud deben realizar de manera permanente una búsqueda activa de los Prestadores de Servicios de Salud que operan en sus respectivas jurisdicciones, con el propósito de informar a las Entidades Departamentales y ellas verificarán que la información contenida en el Registro Especial de Prestadores de Servicios de Salud responda a la realidad de su inscripción, garantizando así el cumplimiento permanente de las condiciones de habilitación.

Reporte: [email protected]

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